RD 1215/1997
Toda carretilla en uso necesita revisiones periódicas documentadas. Sin ese registro, la máquina no está en regla aunque funcione perfectamente.
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Una máquina mal elegida o sin sus revisiones al día no es solo una avería: es una multa de Inspección de Trabajo, un seguro que discute la cobertura y una nave parada. Llámanos y te asesoramos: te decimos qué carretilla necesita tu negocio de verdad, con su mantenimiento, sus garantías y sus repuestos en regla.
Hablas directamente con técnicos del sector, no con un comercial.
Por qué conviene preguntar antes de comprar
RD 1215/1997
Toda carretilla en uso necesita revisiones periódicas documentadas. Sin ese registro, la máquina no está en regla aunque funcione perfectamente.
2.451 – 49.180 €
Sanción por infracción grave: equipo sin revisar o sin las medidas de seguridad exigidas. Si hay riesgo grave e inminente pasa a muy grave y el techo se dispara.
+30 a 50 %
Si hay accidente y la máquina no estaba en regla, el recargo de prestaciones lo paga la empresa de su bolsillo: ninguna póliza puede cubrirlo por ley.
Lo que dice la LISOS, por tramos
| Infracción | Sanción | Caso típico |
|---|---|---|
| Leve | 45 – 2.450 € | Falta de orden o papeleo incompleto sin riesgo grave |
| Grave | 2.451 – 49.180 € | Máquina sin revisiones, sin mantenimiento o con la seguridad anulada |
| Muy grave | 49.181 – 983.736 € | Riesgo grave e inminente para el trabajador |
Y la sanción no va sola: puede llegar con recargo de prestaciones, con la máquina precintada y con la actividad parada hasta subsanar.
Lo que cuesta cumplir
150 – 300 €
Una revisión técnica, cada 200–500 h de uso. Presupuestada, con su informe firmado y el registro que te pedirá la Inspección. Orientativo: depende de la máquina y sus horas. Te lo cerramos al verla.
Lo que cuesta no cumplir
2.451 € mínimo
Es el suelo de una infracción grave: una sola multa equivale a diez años de revisiones. Sin contar la avería, la parada ni el recargo.
Por eso la conversación importa más que el precio. Dinos qué mueves, cuánto pesa, en qué suelo y cuántas horas al día: con eso te decimos qué máquina te vale, cuál te sobra y qué mantenimiento te va a exigir.
No todas valen para lo mismo
Eléctrica
Interior, nave cerrada
Es la única opción limpia en recinto cerrado: no emite gases ni ruido. Ojo con el voltaje: si tu nave tiene rampa o muelle en cuesta, una de 24 V se queda corta y la batería se agota a media jornada. Ahí toca 48 V u 80 V.
Diésel
Exterior, obra, suelo irregular
Fuerza y autonomía para trabajar fuera todo el día. En recintos cerrados el RD 1215/1997 no la admite: los gases de escape se acumulan y el monóxido de carbono no avisa. Si la usas dentro, tienes un problema legal y de salud.
GLP / Gas
Mixto: entra y sale
El término medio. Emite mucho menos que el diésel y aguanta el exterior, así que sirve para quien carga en la calle y descarga dentro. Requiere ventilación suficiente, no vale cualquier nave.
Matriculada
Si pisa vía pública
Cruzar la calle entre dos naves ya es vía pública. Eso exige matrícula en la DGT, homologación, tarjeta ITV, seguro de circulación y luces. Sin eso, la multa va de 1.500 € a 3.000 € si reincides.
Sin matricular
Solo recinto privado
Si no sale del recinto, no necesita matrícula. Pero sigue siendo equipo de trabajo: revisiones documentadas y operario formado son igual de obligatorios.
Retráctil y transpaleta
Pasillo estrecho, altura
Si el problema es el ancho de pasillo o llegar alto en estantería, la contrapesada no es la respuesta. Aquí manda la retráctil o el apilador, y cambia todo el planteamiento.
Y encima de todo esto va la carga: no es lo mismo mover 1.500 kg que 3.500, ni a un metro que a seis. Cuéntanos tu caso y te lo concretamos.
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